Societat "Centro Recreativo"
Data
Drets
Idioma
Tipus
Note
Reglamento del Centro Recreativo Torroellense
Capítulo 1º Objeto de la Sociedad. Domicilio legal calle del Comercio, 5
Artículo 1º. El Centro tiene por objeto el recreo é instrucción de los concurrentes al mismo.
2º Queda termeninantemente prohibidos los juegos de envite y azar y demas que no esten permitidos por las leyes.
Capítulo 2º De los socios y de su admisión a la sociedad
3º Para ser socio del Centro es indispensable estar domiciliado en esta villa ó bien tener su residencia en el Estartit, Ullá ó Gualta.
4º Su admisión se verificará por propuesta firmada por tres socios dirigida a la Junta Directiva y en la cual constará el nombre y apellido del aspirante.
5º La mencionada Junta en vista de los informes que crea conveniente tomar, acordará si aprueba ó no la adminisión.
6º No se satisfarán derechos de entrada, á no ser para los socios que ingresen en la sociedad después de transcurridos dos meses de constituida la misma, los cuales abonarán por concepto la cantidad de dos pesetas cincuenta céntimos.
7º Para atender á los gastos ordinarios del Centro, cada socio satisfará cuota mensual de cincuenta céntimos de peseta, que se pagarán por adelantado.
8º podrá también exigirse á cada uno, pero solo or una vez al año, una cuota extraordinaria, doble del importe de una mensual, caso de ser así indispensable para sufragar las necesidades del Centro.
[...]
11º Además de los socios, tendrán entrada personal en las dependencias del Centro:
Primero: Los forasteros que accidentalmente residan esta villa mientras su residencia no exceda del plazo de dos meses.
Segundo: Los individuos de las respectivas famílas de los socios y demás personal que vivan en la misma casa.
Tercero: Las señoras viudas.
En todos los precedentes casos es condición indispensable ser presentados por algun socio á cargo del cual correrá la responsabilidad á que pueda darse lugar.